Penalista indica juez de caso Jet Set tendrá que valorar los informes técnicos
El abogado penalista Marino Elsevyf sostuvo que el juez de instrucción tendrá que valorar los informes técnicos y establecer la relación de causalidad entre la omisión impropia y el resultado, conforme a las leyes aplicables en el caso Jet Set.
Afirmó que en este caso se configura un tipo penal del que poco se habla: el crimen de omisión impropia.
Para el jurista, el juzgador deberá establecer lo que los abogados denominan la lex certa, y definir en su sentencia la diferencia entre la omisión punible y el tipo penal de omisión impropia.
“Hubo un crimen de omisión impropia, porque los dueños tenían una condición de garantes y no cumplieron con la supervisión de la estructura de la edificación”, afirmó Elsevyf.
El jurista puso como ejemplo el caso de una madre que no alimenta a su hijo durante un largo período, y como consecuencia el niño muere; en ese caso, la madre sería acusada de homicidio por omisión impropia.
“Se trata, en definitiva, de establecer si se cumplió con la cadena de custodia y si existía una situación de peligro preexistente que compromete a los autores-garantes, quienes debieron impedir el resultado fatal ocurrido en dicha discoteca”, explicó.
Para el jurista, el juez deberá decidir si se acoge a los artículos 319 y 295 del Código Penal Dominicano, que establecen el homicidio voluntario o involuntario.
El abogado destacó que desde la época de la legislación Carolina, el jurista Carpzov, en 1604, ya señalaba el caso del padre en estado de ebriedad que aplastó al niño que dormía con él.
La nana fue condenada como autora por omisión impropia de la muerte del niño, pues tenía el deber de evitar el resultado.
“Con este ejemplo se busca caracterizar el crimen de omisión impropia que habría ocurrido en la discoteca, porque los dueños tenían la obligación y el deber jurídico de impedir la implosión del techo, ya que, como propietarios, tenían una posición de garante frente a quienes acudieron esa noche al establecimiento comercial”, sostuvo.
El juez Reymundo Mejía Zorrilla, del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ordenó un estudio técnico independiente y fijó para el próximo 25 de junio el fallo en el que decidirá si envía o no a los acusados a juicio de fondo.
Por su parte, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, calificó el contraperitaje como innecesario y jurídicamente improcedente, al considerar que las pruebas evidencian que los acusados tenían conocimiento directo de las fallas del techo.
Señaló además que, incluso el día del hecho, la tragedia pudo evitarse si se hubiera tomado la decisión de suspender la actividad y evacuar 49 minutos antes del colapso, según evidencian los chats entre los acusados Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat.
Reynoso subrayó que las aproximadamente 400 víctimas, entre fallecidos y heridos, así como sus familiares y la sociedad dominicana en general, tienen el derecho inalienable a recibir una respuesta judicial en un tiempo oportuno.
Recordó que este caso, que afecta a cientos de víctimas directas, mantiene en vilo a miles de ciudadanos que demandan del sistema de justicia una respuesta transparente y celeridad procesal.
“Las víctimas merecen una respuesta en un plazo razonable. Estamos hablando de un dolor que afecta a miles de personas, y el sistema de justicia tiene la obligación de responder a ese clamor, sin permitir que se abuse de manera indebida de las vías procesales para entorpecer el fondo del proceso”, manifestó la procuradora.