Código Penal 2026 trae mano dura: nuevas penas y delitos



Santo Domingo.- El jurista y expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Julio César Castaños Guzmán, afirmó que el nuevo Código Penal dominicano representa la transformación más importante del sistema penal nacional desde la promulgación de la Constitución de 2010, al incorporar nuevas figuras delictivas, fortalecer la persecución de conductas ya existentes y endurecer significativamente el régimen de sanciones.

Durante una conferencia impartida en la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD), el destacado constitucionalista analizó los principales aspectos de la Ley 74-25, que sustituirá al Código Penal de 1884 luego de más de 140 años de vigencia y entrará en vigor tras un período de vacatio legis de doce meses.

Castaños Guzmán explicó que la nueva normativa responde a una realidad social, económica y tecnológica completamente distinta a la existente cuando fue adoptada la legislación decimonónica, incorporando delitos y mecanismos de persecución acordes con los desafíos contemporáneos.

Entre las novedades que consideró más trascendentales, figura la responsabilidad penal de las personas jurídicas, un cambio de paradigma en el sistema penal dominicano. A partir de la entrada en vigencia del nuevo código, empresas, instituciones y otras entidades podrán ser sancionadas por actos ilícitos cometidos por sus representantes, órganos o subordinados cuando exista incumplimiento de los deberes de dirección, control o supervisión.

Las sanciones para estas entidades podrán incluir multas, suspensión de licencias, pérdida de permisos, cierre de establecimientos e incluso la disolución de la persona jurídica.

Asimismo, destacó la creación de nuevos tipos penales como el sicariato, definido como el asesinato por encargo, castigado con penas de entre 30 y 40 años de prisión; el robo de identidad, una práctica cada vez más frecuente en entornos digitales; las estafas piramidales vinculadas a activos digitales y criptomonedas; el ciberbullying; y el uso de sustancias corrosivas conocidas popularmente como “ácido del diablo”.

Otro de los cambios relevantes señalados por el conferencista es el fortalecimiento de las sanciones contra delitos que históricamente han generado preocupación social. Citó como ejemplo el homicidio doloso, cuya pena pasa de un rango de tres a veinte años establecido en la legislación anterior, a una sanción de entre diez y veinte años de prisión mayor.

También resaltó el tratamiento especial otorgado al feminicidio, que será castigado con penas de entre 30 y 40 años de prisión, pudiendo alcanzar la sanción máxima cuando concurran circunstancias agravantes previstas en la ley.

En materia de violencia de género e intrafamiliar, el nuevo texto amplía la protección de las víctimas al reconocer expresamente las modalidades económica, patrimonial, psicológica y verbal de la violencia doméstica, además de reforzar las medidas de protección para mujeres, niños, niñas y adolescentes.

Durante su intervención, Castaños Guzmán llamó la atención sobre el tratamiento de los delitos preterintencionales, figura jurídica que sanciona aquellas conductas en las que el autor no tuvo la intención de causar la muerte, pero esta se produce como consecuencia de sus actos. El nuevo código establece penas de cinco a diez años de prisión para los casos de homicidio preterintencional.

También destacó la incorporación de disposiciones relacionadas con los daños causados mediante dopaje o suministro de sustancias destinadas a alterar las capacidades físicas de una persona, ampliando el alcance de la protección penal en esta materia.

Respecto al aborto, uno de los temas más debatidos durante la discusión legislativa, explicó que la nueva legislación mantiene penalizadas las distintas modalidades de interrupción voluntaria del embarazo, incluyendo los abortos consentidos, provocados y forzados.

Sin embargo, señaló que el artículo 111 establece una eximente de responsabilidad penal cuando la interrupción del embarazo sea realizada para preservar la vida de la madre, del feto o de ambos, siempre que se hayan agotado los medios científicos y técnicos disponibles al momento de la intervención.

En el ámbito de los delitos sexuales, el jurista destacó el fortalecimiento de las sanciones contra el proxenetismo y la explotación sexual de menores de edad. El nuevo código castiga el proxenetismo con penas de dos a tres años de prisión menor, las cuales pueden agravarse en determinadas circunstancias, mientras que la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes será sancionada con penas de entre diez y veinte años de prisión mayor.

Amaury Marcos Martínez, Giovanni Báez Auffant, Francia Hernández, Julio Cesar Castaños, José Luis de la Cruz, Carmen Consuelo López, Lucivel Ávila, Gustavo de los santos

Asimismo, subrayó el amplio desarrollo que la normativa dedica a las agresiones sexuales, reguladas en múltiples disposiciones que buscan ofrecer una respuesta más efectiva frente a este tipo de delitos.

Otro aspecto novedoso es la creación de la figura del robo famélico, mediante la cual se reconoce una respuesta penal diferenciada para quienes sustraigan productos de primera necesidad para satisfacer necesidades básicas propias o de sus familiares, sin emplear violencia y de manera no habitual. En estos casos, la sanción prevista será la realización de trabajo comunitario.

El conferencista también resaltó el endurecimiento de las medidas contra la corrupción administrativa, el tráfico de influencias, la obtención ilícita de beneficios económicos y el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos, destacando que la nueva legislación obliga a justificar la procedencia de los bienes adquiridos bajo determinadas circunstancias.

Igualmente, valoró la tipificación de prácticas anticompetitivas entre comerciantes e industriales destinadas a manipular precios mediante acuerdos ilícitos para restringir la producción o comercialización de bienes.

En el plano procesal y doctrinal, destacó innovaciones como la acumulación de penas hasta un límite máximo de 60 años de prisión, nuevas reglas sobre reincidencia y una ampliación de los supuestos de legítima defensa, particularmente en casos relacionados con la protección del hogar y la familia frente a intrusiones ilegales.

Al concluir su exposición, Castaños Guzmán exhortó a jueces, fiscales, abogados, académicos, estudiantes y comunicadores a estudiar detenidamente el contenido de la nueva legislación, al considerar que su aplicación marcará una nueva etapa en la justicia penal dominicana y requerirá una profunda labor de capacitación e interpretación jurídica.

Al concluir la conferencia, Julio César Castaños Guzmán fue reconocido por sus valiosos aportes al fortalecimiento del sistema jurídico dominicano y su trayectoria en defensa de la institucionalidad democrática. La distinción fue entregada por la decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD), Carmen Consuelo López, junto al rector de la academia, el reverendo padre José Luis de la Cruz, quienes resaltaron su contribución al desarrollo del derecho constitucional y la justicia en la República Dominicana.

Carmen Consuelo López, Julio César Castaños Guzmán y  José Luis de la Cruz.




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